viernes. 29.03.2024

Para que trabajar en oficios viles si se puede adquirir hidalguía rasgando minuciosamente la capa negra de polvo de los archivos familiares. Aquellos pergaminos envueltos con seda roja que, celosamente guardados en el arcón de la memoria, sirvieron al padre para iniciar una tímida reclamación al Concejo del pueblo. Solicitaron los vecinos hijosdalgo, de los sorprendidos alcaldes y regidores pecheros, su inclusión en el padrón de los hombres nobles. Las justicias locales, sabedoras de que buscaban prebendas y exenciones dinerarias, no eran gustosas de tales concesiones. Mermaban el número de contribuyentes a las exiguas arcas municipales. Por eso rechazaban de oficio los testigos y testimonios presentados, así como los documentos, herramientas y probanzas aportados, dilatando en el tiempo el proceso: “No pechen los hidalgos notorios o que tengan sentencias a su favor, ni sus viudas; pero sí los que tengan pleyto pendiente sobre su hidalguía” (1). 

Hombres venidos de la Luarca de Asturias, del corazón de León, de la celta Galicia, de la aguerrida Navarra o del señorío de Vizcaya y Guipúzcoa, nacencia de caballeros. Allí, en los pueblos del norte, donde todo el mundo parecía ser noble hidalgo, quedaron sus castillos y sus casas principales, luciendo sus escudos heráldicos sobre firmes paredes de piedra. Pero el rey, nuestro señor, puso voluntad en traerlos a la raya de la frontera para mezclarlos con los recios pobladores de la Sierra, fundando familias enteras.

Con ellos llegó la fiebre del hidalgo, que sacudió los pueblos de Alba. Mientras los hombres buenos pecheros administraban las sus tierras, trabajadas por el campusinu obrero, por el labrador de manos secas, por el pastor de las borregas. En las iglesias los curas esperaron pacientes los diezmos al tiempo que bendicen las colmenas de miel y cera. En los conventos los franciscanos enseñan gramática a unos molineros que hicieron perrinas con la molienda y, en las plazas, reclaman los ricohombres letras doradas sobre pliego de 24 reales.

No dudes que el dinero es todo en todo:

es príncipe, es hidalgo, es caballero,

es alta sangre, 

es ascendiente godo (2).

Ni los hijos de rico, ni los hijos de alguien quieren trabajar la tierra. Privilegio adquirido que la nobleza daba. Hijodalgo de sangre, hidalgo de ejecutoria, noble de solar conocido, noble de privilegio, hidalgo de los cuatro costados, hidalgo de bragueta, hidalgo de gotera,  ya fuese por un título de nobleza inmemorial, poseer casa solariega, hacer un servicio al Rey, descender de abuelos nobles, concebir varones, título de pueblo. Más, como diría Alfonso X el Sabio: “fidalguía es nobleza que viene a los hombres por linaje”

Esto permitía a este estado gozar de ciertos privilegios nada desdeñables como, por ejemplo:

  • Estar exentos de pechos y tributos concernientes a los pecheros. 
  • No ir a la prisión por deudas de naturaleza civil y sólo por delito penal (robo, homicidio, etc.) 
  • Derecho, dentro de la cárcel, a celda separada de los demás reclusos. 
  • No sufrir torturas.
  • No ser condenados por injurias. 
  • Usar pistoletes de arzón cuando fueran a caballo. 
  • No ser condenados a muerte afrentosa de horca.

Para eso estaba la Sala de Hijosdalgo de la Real Chancillería de Valladolid (1371-1834). Un buen abogado, un procurador y muchas perras, recorrían fácilmente las largas leguas de distancia que separaban la Sierra de la ciudad vallisoletana y llenaban de tinta negra los renglones rectos de los libros de escribanía. 

Hagamos un pequeño recurrido por los nuestros pueblos desde el archivo de la Real Chancillería y otros que se señalan:

El Acebo. Siglo XVI

Pleito de Hernando Alonso de Trevejo y su hijo Martín Alonso de Trevejo, vecinos del Acebo, (1506). (3)

Pleito de Alonso Fernández, vecino del Acebo, con el Concejo, Justicia y Regimiento del Acebo sobre hidalguía (1505-1517).

Pleito de Miguel Hernández, vecino del Acebo, con el Concejo, Justicia y Regimiento del lugar, sobre hidalguía (1516).

Pleito de Gonzalo Martín, vecino del Acebo, con el Concejo, Justicia y Regimiento del Acebo sobre hidalguía (1516).

Pleito de Juan Rodríguez y Pedro Rodríguez, vecinos de El Acebo, con el fiscal del Rey, Concejo y pecheros de dicho lugar sobre hidalguía (1566).

El Acebo. Siglo XVII

Pleito de Juan Alonso de Trebejo y de Fernando Alonso de Trebejo, vecinos del lugar de Acebo, con el Concejo de dicho lugar sobre reconocimiento de la condición de hijosdalgo (1606-1614). Nietos de Martín Alonso de Trebejo (1506). (Ver Hoyos).

Pleito litigado por los hijosdalgo del Concejo del Acebo con el Concejo y los pecheros de dicho lugar (1607).

Pleito de Domingo Alonso Trevejo, originario del Acebo, vecino de San Martín de Trevejo, con el Concejo de la Villa sobre hidalguía (1608).

Pleito de Juan Rodríguez de los Caños y demás hijosdalgo del Acebo con el Concejo y los pecheros de dicho lugar, sobre elección de oficios (1615).

Pleito de Francisco Durán y Pedro Durán, vecinos del lugar del Acebo, con el fiscal del Rey y el Concejo de El Acebo, sobre quebrantamiento de un pleito de hidalguía y exención fiscal que recibió, en 1483, Alonso Durán por sí y sus descendientes de los Reyes Católicos (1624). 

Andrés Rodríguez de Mora, vecino de Acebo, Cáceres, y Alonso Rodríguez de Mora, natural de Acebo, por sentencia ganada por su padre Juan Rodríguez Hidalgo de Mora (1644) (3).

Francisco Pérez Rodríguez, bautizado en Acebo-Coria, Cáceres, casado con Catalina Gómez, padres de María Pérez Rodríguez, bautizada en Acebo y casada con Juan Rico Acedo, bautizado en Acebo, padres del I conde de la Cañada, y abuelos paternos del caballero de Carlos III, José Rico Acedo y Macía (3).

El Acebo. Siglo XVIII

Timoteo Alonso Rodríguez Godínez, Trebejo y Valencia, vecino de Acebo y Jaraicejo. Cáceres. (1702) (3).

Timoteo Alonso Godínez y Andrés Rodríguez Godínez, hijosdalgo vecinos del Acebo, pleitean  con el Concejo, Justicia y Regimiento de Acebo para evitar cargos concejiles y la contribución a los gastos de reparaciones de hornos, caminos y fuentes (1766).

Pleito litigado por la Justicia, Regimiento y Procurador Síndico General del lugar del Acebo con los hijosdalgo de dicho lugar sobre la negativa de estos últimos a pagar contribuciones (1767).

De ello se dice en la denuncia del abogado Manuel Rodríguez Amurrio a favor del hijodalgo de Acebo, Juan Rico Acedo, ganada en Ejecutoria de la Real Audiencia de Valladolid, de 20 de noviembre de 1773: “Que el expresado Juan Rico, tercer abuelo del Sr otorgante (el conde don Juan Acedo Rico), después de haber casado en el referido lugar del Acebo, en el año de 1610, presentó pedimento al Concejo, Justicia y Regimiento del Acebo, refiriendo su filiación, descendencia y naturaleza, la notoria de su nobleza, sus padres y abuelos y los goces en que habían estado y se hallaban así en dicha Villa, como en los demás pueblos y presentando en su comprobación la información y testimonios que enuncia autorizados de  Lope González de Luarca y pidió que, en consecuencia se le mandasen guardar los fueros y privilegios de hijodalgo notorio y solar conocido y, como tal, se empadronase y fuese habido y tenido y que no se le repartiesen pechos ni derramas”. 

Los Hoyos. Siglo XVI

Fernando Alonso de Trevejo, de la Casa de Hoyos (Cáceres) y su hijo Hernando Alonso de Trevejo, vecino de El Acebo, y su hijo Martín Alonso de Trevejo. Reales ejecutorias en Valladolid a 4 de abril de 1506. Juan Alonso de Trevejo, nieto del anterior, vecino de Trevejo (Cáceres), que gana R.P de Hidalguía en 1605… Apellido que procede de los Alonso de Rioja (Burgos) (4). 

Los Hoyos. Siglo XVII

Pleito de Bartolomé de la Torre, vecino de Coria, con el Concejo de dicha ciudad, el Concejo de Hoyos y el fiscal de la Real Chancillería de Valladolid, sobre su hidalguía (1605). 

Los Hoyos. Siglo XVIII

Pleito de Cipriano Durán, nacido en Jaraiz de la Vera (1723), vecino de los Hoyos, hijo de Francisco Durán y Franco, nacido en Acebo en 1697, sobre su hidalguía (1752) (5)

Juan Manuel Navarro y Gil, nacido en Villamiel pero vecino de Hoyos consigue real provisión en 1784. Era hijo de Miguel Navarro y San Gil de Villamiel y de María Valencia de Acebo.

Perales. Siglo XVII

Pleito de Juan Valencia y Rivero, vecino de Perales, como padre de Juan de Valencia, sobre su hidalguía (1698).

Perales. Siglo XVIII

Juan de Valencia y Rivero, posiblemente padre de Juan de Valencia y Grado había solicitado hidalguía, para si y para sus hijos, en 1694, siéndole concedida por ejecutoria de 1703, lo que les habilitó para solicitar al Concejo de Perales que se les comunicara la mitad de oficios como corresponde a su hidalguía, esto es, oficios mayores (1750).

Pleito de Blas Godínez de Paz y de José Álvarez de Sotomayor, nobles del lugar de Perales, con Juan Sánchez de Pedro y José Sánchez, alcaldes de dicho lugar, sobre la nulidad o validez de oficios de Justicia (1791).

Una lista amplísima de nobles poblaron los pueblos serragatinos de Alba, demasiados para el espacio de este artículo.

NOTAS

1.- “Novísima recopilación de las leyes de España”. Tomo VI. Libro XI. Título XXVII de los juicios de hidalguía y sus probanzas y del modo de calificar la nobleza y limpieza. Madrid. 1807.

2.- Vega y Carpio, Lope (de). “La prueba de los amigos”. Obras completas. Comedias XII. Acto II. Pp. 130-131. Madrid 1997.

3.-  Alonso de Cadenas, Ampelio y Barredo de Valenzuela, Adolfo. “Nobiliario de Extremadura”. Tomo VI. Instituto de Salazar y Castro. Revista Hidalguía. Madrid 2001.

4.- Barredo, Adolfo y Alonso de Cadenas, Ampelio. “Nobiliario de Extremadura”. Tomo I. Instituto de Salazar y Castro. Revista Hidalguía. Madrid 1996.

5.- Cadenas y Vicent, Vicente. Director. “Pleitos de hidalguía que se conservan en el archivo de la Real Chancillería de Valladolid. Extracto de sus expedientes”. Siglo XVIII. Tomo IX. P. 231. Revista Hidalguía. Madrid 1987.

Imagen.- Portada de la sentencia y carta ejecutoria de hidalguía del rey Felipe II. Francisco Sanguino y hermanos, vecinos de la villa de Madrigal de las Altas Torres.

Nota del autor.- En el artículo anterior se nombró a don Diego Martín Rodríguez con un error en la fecha de nacimiento. Debe decir 1729 como la fecha correcta, ocurriendo su fallecimiento en 1789. Se pide desde Coria la mayor atención en el cuidado y custodia de los papeles del archivo, debe decir 1791, donde dice 1991.

La huella de Alba en Sierra de Gata (XVII)