jueves. 25.04.2024

RELECTURA DE LEÍDOS: Hombres libres de Acebo (VII)

Manos a la obra Fernando Estévez Rico, alcalde constitucional acebano, fue reclutando voluntarios, que formaron el grupo principal de la Torre liberal, ayudado por su hijo Bernardo Estévez y por Antonio Franco. Así son parte de ella Ventura del Pozo, su hijo Braulio (Martínez) del Pozo, Francisco Gil, Julián Viana y Carlos de Sande Guerra, todos vecinos de Acebo. La Torre pasó a pertenecer a Cáceres que, a su vez, quedaba comprendida en la Merindad número 16 de Badajoz.
Enajenación de fincas del Vínculo
Enajenación de fincas del Vínculo

La Junta Principal de Hombres Libres de Coria

La larga e intensa historia dejada por el primer conde de la Cañada, don Juan Acedo Rico Pérez Rodríguez y Gómez Lázaro, que continuaremos en otro momento, no puede hacernos perder pie sobre lo que realmente originó este relato y que fue la denuncia de la existencia de una Torre liberal en Acebo, pasado el tiempo constitucional debido al Trienio Liberal (1820-1823) y que, con toda seguridad, denota la existencia del foco liberal y comunero más importante de Sierra de Gata, hasta el punto de ser visitada por Juan Martín “El Empecinado”.

En Sierra de Gata se encontraban, además de la Torre de Acebo con siete miembros declarados, los núcleos comuneros de Cilleros, Hoyos, Perales del Puerto, San Martín de Trevejo, Valverde del Fresno y Villamiel (Las Helfas).

Los desalmados comuneros de Acebo, como referían los realistas, se dan las manos con los comuneros y francmasones de San Martín de Trevejo, Villamiel (Las Helfas), Valverde del Fresno, Cilleros, Hoyos y Perales del Puerto y, no contentos con estar extendidos por media Sierra de Gata, asisten a la Junta Principal de Hombres Libres de Coria, que preside el mismo jefe político que la de la Casa de Jarallana en el término de Moraleja del Peral. A las citadas reuniones de Coria acudían 40 hombres libres, todos moradores de Sierra de Gata.

Realistas denuncian a liberales

Cuando muere don Juan Acedo Rico (1726-1795), primer conde de la Cañada, toma posesión del título de Castilla su hijo varón primogénito, don José Acedo Rico y Macías (Madrid 1762-1827), como segundo conde de la Cañada (1796), fruto del matrimonio habido con doña Bernarda Macías y Zambrano.

Don José Acedo Rico y Macías, segundo conde de la Cañada, fue uno de los firmantes del primer escrito de denuncia de la Torre liberal y de sus integrantes, a los que denomina liberticidas y desalmados comuneros, enviado al Corregidor de Coria.

Firmaban el escrito, además del Conde de la Cañada, de 60 años de edad; Pedro Rodríguez de Cáceres, de 36 años de edad; Antonio Franco Godínez, de 37 años de edad; Antonio de Paz y Franco, de 38 años de edad; Manuel Perales; Alejo Martín, de 53 años; José Pérez Alviz; Andrés González, de 42 años; Miguel Chance, de 38 años; Antonio Martín, de 25 años y Antonio Martín Moreno, de 26 años, que luego se instruyó como causa criminal contra Fernando Estévez Rico, su hijo Bernardo, Julián Viana, Ventura Pozo, su hijo Braulio, Francisco Gil, Carlos de Sande, vecinos del lugar de Acebo, por excesos cometidos con otros, como afectos al extinguido Sistema Constitucional, que firmó el Corregidor Licenciado don Félix Herizo y Morales, con escribanía de Pedro Rodríguez Escobar (1).

Don José Acedo Rico y Macías, segundo conde de la Cañada.

Don Juan Acedo Rico, primer conde de la Cañada, fundó dos mayorazgos.

Uno con su primera esposa doña Bernarda Macías y Zambrano, por escritura con real facultad, que otorgaron en la Corte de Madrid, en fecha 12 de agosto de 1777. Era este un vínculo regular de una casa principal que pertenecía a don Juan Acedo Rico en el lugar de Acebo, un molino de aceite también en dicho pueblo, un plantío de olivares al pago de La Fatela y otros bienes, llamando en primer lugar a su hijo primogénito don José Acedo Rico y su descendencia y, por su falta, a sus demás hijos don Pablo, don Ramón, don Bernardo y doña Ana María, prefiriendo a ésta el hijo que diese a luz la otorgante doña Bernarda Macías, si fuese varón, pero sucediendo después de aquella si fuese hembra.

Es seguro que la Casa Principal sea la ubicada en la Calle de la Plaza, hoy Calle de Ramón y Cajal, que luce el escudo de armas, el molino de aceite el situado en el Puente de la Calzada y el olivar el que dio nombre al título.

Otro con su segunda mujer, doña Josefa de Olazábal y Murguía, por escritura otorgada en 2 de mayo de 1789, en el que vincula los olivos que posee en la Villa de Moraleja y otros pueblos confinantes, con sus casas y edificios y el ganado lanar, que calcula en 1.500 cabezas, llamando en primer lugar al hijo de ambos don Joaquín Acedo-Rico y Olazábal y a los hijos y descendientes que este tenga, así varones como hembras, prefiriendo el varón a las hembras y el mayor al menor, como era costumbre (2).

Deja claro don Juan Acedo Rico que, estando en posesión del título de Conde de la Cañada, salen vinculadas en boca de SM por orden de primogenitura y líneas que forman, estando unida, incorporada y agregada al referido mayorazgo fundado en cabeza de don José Acedo Rico y Macías, al cual pertenece la finca y posesión de olivos llamada de la Cañada, que da la denominación al expresado título de Conde.

El heredero: don José Acedo Rico y Macías, segundo conde de la Cañada

Heredó el título de Conde de la Cañada su hijo primogénito don José Raimundo Acedo Rico y Macías (Madrid 1762–1827), que, al igual que ocurre con su padre, encontraremos también los apellidos como Rico Acedo.

Don José Acedo Rico y Macías casó con doña Maximina Nuñez Cuervo, hijodalga, descendiente de familia de Coria. Tenemos constancia del informe del Regente de Extremadura sobre la instancia de aquel solicitando Real Permiso para casarse. Hermana de don Juan Nuñez Cuervo y López, Regidor Perpetuo de la ciudad de Coria, administrador del duque de Alba, en el marquesado de Coria, Cruz Supernumeraria en 1801.

Fue, don José Acedo Rico, Caballero Pensionado de la Real Orden Española de Carlos III (1792). Pertenecía al Consejo de S. M, siendo Alcalde de Casa y Corte, Ministro de la Real Audiencia del Principado de Cataluña, Ministro del Consejo de Hacienda.

Tomó posesión del título de Conde de la Cañada, don José Acedo Rico, con presencia en la finca que dio origen a la denominación y, curiosamente, de uno de los liberales que posteriormente formarían parte de la parte constitucional, don Ventura del Pozo y Valle:

“En el lugar de Perales, en quince días del mes de enero de mil y setecientos y noventa y seis, yo el mismo escribano público de S. M, en virtud del auto que antecede, me constituí en un olivar, sito en el Chapatal, término de este lugar, que linda con otro de Jerónimo Pérez de esta vecindad, camino que va al Puerto, y con camino que va al lugar de Acebo y estando allí don Ventura del Pozo y Valle, como apoderado del muy ilustre Sr don José Acedo Rico, del Consejo de S. M, Alcalde de su Real Casa y Corte, Caballero de la Real Orden Española de Carlos III, electo Consejero de Hacienda. Para este fin tomé de la mano e introduje en dicho olivar, quien se paseó, cortó ramas, tiró piedras fuera y todo lo ejecutó, el susodicho, en señal de la verdadera, real, actual, corporal, civil posesión que de dicho olivar tomaba, a voz y nombre del referido muy ilustre Sr Poderdante, en voz y en nombre de todos los bienes y efectos pertenecientes en este término al mayorazgo que se expresa en estas diligencias, con inclusión de la finca nominada de la Cañada, sita en este dicho término, lindante con olivos de doña Francisca de Valencia y Bravo, de esta vecindad, con tierras de la misma, y en el Camino Real que va al Puerto y montes y de que igualmente, habiéndose constituido en ella el citado don Ventura y practicando las mismas diligencias, tomó igual posesión para los fines que convengan. La que tomó quieta y pacíficamente, sin contradicción de persona alguna, con todos sus frutos y regalías anejas al referido mayorazgo y Título de Castilla, con voz y nombre del referido Sr Poderdante, en que lo amparó para no ser despojado, e impongo la multa de cincuenta mil maravedíes para la Real Cámara de S. M a quien se la perturbe sin ser primero vencido en juicio…” (2).

Testimonio este de toma de posesión del título de Conde de la Cañada que fue enviado para conocimiento y cumplimiento de los Concejos, Justicias y Capitulares de los Regimientos y Ayuntamientos de Acebo, Perales del Puerto, Gata, Hoyos y Villasbuenas de Gata.

Finca que pertenecía al vínculo del que, en febrero de 1812, don José Acedo Rico solicitaba licencia para vender 22 huebras de olivos, pidiendo enajenación de las fincas vinculadas, por un valor de 45.000 reales, comisionando a la justicia de Acebo, pueblo de su residencia, para que practicara las diligencias oportunas. Justificaba dicha enajenación y venta en que había gastado grandes sumas en mejorar la vinculación sin que, en cinco años, le hubiese producido nada y a la contribución en repartimientos en servicio de la Patria. (Diario de Sesiones de las Cortes generales y Extraordinarias. Tomo IV. 1810-1813).

“En vista de las diligencias evacuadas por las justicias de la villa de Acebo, remitidas en 19 de este mes por la Regencia del Reino, en cumplimiento de lo acordado por las Cortes en 18 de febrero último (1812), propuso nuevamente la Comisión de Justicia que accediese SM a la solicitud de don José Acedo Rico, conde de la Cañada, concediéndole permiso para enajenar algunas fincas de un vínculo que posee, las que basten a producir la cantidad de 45.000 reales. Accedieron a esta solicitud”. (Diario de las discusiones y actas de las Cortes. Tomo XIII. Imprenta Real. Cádiz 1812).

En el expediente de pruebas de Caballero de la Orden de Carlos III, del Archivo Histórico Nacional, aparece el nombre y apellidos completos como: José Rico Acedo y Macías Pérez Rodríguez y Zambrano, natural de Madrid, Oidor de la Audiencia de Barcelona, Caballero Pensionista. (ES. 2807. AHN / 1.1.10.1/ Estado-Carlos III. Exp 656).

Fue autor del libro “La Gran República Española, descripta por varias proposiciones que sostendrá dando la razón en que se fundan ó satisfaciendo a los reparos que se le pusieren”, (1792) don José Acedo Rico Macías y don Joaquín Ibarra.

Protegido por su padre, José Acedo Rico (Rico Acedo) Macías fue alumno de los Reales Estudios de San Isidro. Asistió a las academias de jurisprudencia práctica y de derecho civil y canónico. En 1727, con tan solo 25 años, fue nombrado Alcalde del Crimen de la Audiencia de Cataluña, sin haber servido previamente ningún empleo de varas.

Consiguió la plaza dicha anteriormente aceptando cobrar sólo la mitad del sueldo, mientras la otra constituía la jubilación de un ministro nacional, catalán. Juan Acedo Rico apeló a Floridablanca, que entonces regentaba la Secretaría de Gracia y Justicia, para resolver la situación.

Seguidor, igual que lo fuera su padre de Manuel Godoy, José Rico Acedo no pasó mucho tiempo en Barcelona. En 1789 fue ascendido a Oidor y en 1792 volvió a Madrid como Alcalde de la Casa y Corte. Aquel mismo año ingresó en la orden de Carlos III.

Una tropelía en el ejercicio de su ministerio le valió, en 1794, una sentencia desfavorable de la Sala de Provincias del Consejo de Castilla pero la influencia de su padre como Gobernador del Consejo, logró que desterraran a los cuatro magistrados responsables, todos ellos personajes significados: Santiago Ignacio de Espinosa, José Zuazo Bustamante, José Colón de Larreategui y Manuel de Lardizábal. Dos años antes su primo, Bernardo Riego Solares, había sido encumbrado por su tío el Conde de la Cañada, como regente de la audiencia de Sevilla.

Tras fallecer su padre, en diciembre de 1795, es promovido a Consejero Togado, con tan sólo 34 años. En 1822 se incoa expediente de jubilación como Ministro Togado del Consejo de Hacienda.

Muere don José Acedo Rico, sin dejar descendencia, en Madrid en el año de 1827.

1.- Marta Ruiz Jiménez. “El liberalismo exaltado. La confederación de comuneros españoles durante el trienio liberal”. Página 43. Editorial Fundamentos. Madrid 2007.

2.- Juan de la Barreda y Acedo-Rico. “Viejos linajes de Ciudad Real”. Taravilla. Madrid 2007.

3.- Foto: documento de 1812 donde don José Acedo Rico solicita enajenación de fincas del vínculo.

RELECTURA DE LEÍDOS: Hombres libres de Acebo (VII)