martes. 23.04.2024

El Diario Oficial de Extremadura ha publicado una resolución de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria en la que se amplía hasta el 30 de junio la autorización de actividades puntuales de pastoreo ovino en las superficies acogidas a las ayudas a la forestación de tierras agrícolas en Extremadura. Una medida que en principio terminaba el 31 de mayo y que se adopta para prevenir incendios forestales y eliminar la vegetación en competencia con la forestación.

Se trata de una norma que permite el pastoreo “controlado, puntual y temporal” con ganado ovino, y sólo cuando se cumplan determinados requisitos. Esta medida afirma “debe entenderse como una actividad que contribuirá al desarrollo de las forestaciones ya consolidadas” en la comunidad autónoma.

Según establece la Orden únicamente se autorizará el pastoreo en forestaciones consolidadas (en las que hayan transcurrido diez o más años desde su implantación) que tengan una densidad acorde con la legislación que regula estas ayudas y que tengan un estado vegetativo óptimo. Cuando se trate de forestaciones con menos de una década de implantación (aunque siempre debe tener más de cinco años),la Dirección General de Política Agraria Comunitaria podrá autorizar el pastoreo controlado previo informe favorable del servicio de ayudas a la forestación –se añaden más condicionantes de carácter técnico- y siempre que haya pastos abundantes.

En principio este pastoreo sólo podrá realizarse hasta el 30 de junio, y entre noviembre y diciembre, con una carga que no puede superar las cuatro ovejas por hectárea.

Ampliado hasta el 30 de junio el pastoreo de ovino en superficies acogidas a las ayudas...