sábado. 20.04.2024

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Orden por la que se reducen para el período impositivo 2014 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

En Extremadura, y con una gran importancia debido a la relevancia del cultivo en la región, se ha logrado una reducción del 50 por ciento para toda la Comunidad en el sector del olivar, producción que se vio gravemente afectada por golpes de calor que se produjeron a finales de abril y mayo, así como a las continuas lluvias producidas en primavera lo que dificultaron el cuajado de la flor. A estos dos factores, se añadió el conocido efecto de vecería del olivo tras una campaña de elevadas producciones.

Igualmente, y cubriendo la práctica totalidad de la superficie de almendra de la región, se ha reducido el 50 por ciento del módulo inicial para este tipo de producto. Este cultivo tuvo problemas de polinización como consecuencia de las continuas y abundantes lluvias en el momento de la floración, así como por heladas tardías.

La Orden también recoge una reducción del 30,77 por ciento en el módulo de cereales y leguminosas que se localiza en las comarcas agrarias de Llerena y Azuaga, y que durante los primeros meses del año tuvieron una precipitación más baja de la normal, lo que se tradujo en una importante reducción de los rendimientos.

La reducción de los módulos se ha conseguido en gran medida debido al informe elevado desde la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, fruto de la colaboración con Cooperativas Agroalimentarias de Extremadura, algunas Organizaciones Profesionales Agrarias, y distintas Organizaciones de Productores Agrarios.

La citada Orden establece reducciones específicas de los índices de rendimiento neto en los ámbitos territoriales y producciones agrarias afectadas por incendios, inundaciones u otras circunstancias excepcionales que hayan afectado a un sector o zona determinada durante el año 2014.

El mecanismo de revisión de estos índices viene definido en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, donde se establece que cuando el desarrollo de actividades económicas, a las que fuese de aplicación el método de estimación objetiva, se viese alterado por incendios, inundaciones u otras circunstancias excepcionales que afectasen a un sector o zona determinada, el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas podrá autorizar, con carácter excepcional, la reducción de los signos, índices o módulos.

Las reducciones de módulos aprobadas en la Orden se traducen en una disminución proporcional de la base imponible derivada de los rendimientos de la actividad agraria, y por tanto, del resultado de la declaración del IRPF.

Las reducciones establecidas con carácter nacional para la declaración de la Renta 2014 de los agricultores y ganaderos han sido en los sectores de Productos hortícolas, frutos cítricos y no cítricos, flores y plantas ornamentales, patata, ovino de leche, servicios de cría, y guarda y engorde de ganado. La reducción en estos sectores ha sido variable, oscilando entre 11,90% para el sector de servicios de cría, guarda y engorde de aves, y el 56,76% para flores y plantas ornamentales.

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El olivar, entre los sectores con reducciones para la declaración de la Renta 2014