miércoles. 24.04.2024

Con la firma del Convenio 108 del Consejo de Europa de 1981,  primer instrumento internacional jurídicamente vinculante, arranca el derecho a la protección de las personas,  respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal. Enfocado a proporcionar la suficiente garantía  respeto de los derechos y libertades fundamentales. El derecho al respeto de la vida privada, toma especial relevancia en todo lo referente al Internet de las cosas y  la denominada Big Data  sistemas ambos que permiten recoger grandes cantidades de información  personal, sin que el propietario de la misma sea consciente de ello, y a más ahondar, la forma en la que esos datos pueden utilizarse. 

Los próximos años serán decisivos, y encontrar el equilibrio entre el respeto a la privacidad individual ante el avance de la innovación en el mercado digital y la libre circulación de la información entre los Estados, todo un reto. 

En teoría los flujos transfronterizos de datos de carácter personal se ajustan al Safe Harbor, por el cual se podían transferir datos personales de compañías no europeas a un tercer país cuando éste garantizase un nivel  de protección adecuado, aunque en la práctica fuera prácticamente imposible de comprobar. 

La suspensión del marco de puerto seguro obliga a cambios regulatorios, máxime cuando la mayoría de los datos tienen su base en Internet y el negocio de la transferencia, manejo y utilización de los datos es imparable. Las empresas buscan como alternativa “paraísos digitales”, países situados fuera del Espacio Económico Europeo donde migrar los datos a un Data Center. Que por descontado favorecería el abuso y descontrol, Europa debería anticiparse a estos cambios de forma que se pueda  evitar su  existencia  

Como consumidores y usuarios, cada día aumentan las actividades que se realizan de forma digital, desde el pago de tributos, hasta el envío de documentación privada y confidencial entre particulares y aún desconocemos los efectos que se generan sobre estos datos y el uso que se puede hacer de ellos.

Seguimos reclamando el consentimiento expreso e inequívoco del titular de los datos como requisito imprescindible para la recogida y tratamiento de estos, como máxima medida de protección, ya que los datos personales ganan valor económico, generan riqueza individual e industrial, en cuanto se puede comerciar con los mismos. 

Calidad de los datos:  Se prohíbe la recogida de datos por medios fraudulentos o ilícitos. Los datos deben recogerse para unos fines concretos, y no podrán ser utilizados  para un fin distinto del que se le ha informado al interesado. Deben ser proporcionados con la finalidad concreta, y deben ser exactos.

Derechos ARCO: se establecerá un procedimiento para que los interesados puedan ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Su incumplimiento suponen infracción grave que puede alcanzar los 300.000 euros. 

Sin embargo la producción de datos a crecido de forma exponencial, sin ir más lejos en los últimos cinco años se ha generado más información científica que en toda la historia de la humanidad; en tan sólo dos días producimos más datos,  que en toda la historia hasta el año 2003.  La generación y tratamiento de nuestros datos ha ido evolucionando de tal manera que se ha convertido en una herramienta de generación de riqueza de todo tipo, por ejemplo el 2% de las necesidades energéticas mundiales son producidas por Internet, según un estudio de la Fundación Bankinter, indicando además , que  volumen de los datos existentes es de tal magnitud que, si ocupara un espacio físico, superaría el tamaño de una galaxia. Asusta ¿verdad?.. 

Toda esta información sirve a las empresas para conocer a consumidores y usuarios de sus productos y servicios y con ellos generar  patrones de comportamiento útiles, e incluso predecir cambios de comportamiento. 

Somos los consumidores quienes aún tenemos pendiente esta asignatura en cuanto a protección de nuestros propios datos personales. De ahí la importancia de mejorar nuestra presencia en las redes, nuestro “yo digital”,  esa persona que somos en Internet se genera a través de Twitter, LinkedIn, Facebook, Instagram, o de forma más acotada y enfocada a la mejora de nuestro perfil y ámbito laboral y  profesional. 

El  yo digital