martes. 23.04.2024

Los alimentos que desgravan

El cuidado de los ancianos es una de las necesidades más apremiantes de la sociedad occidental, por el envejecimiento de la población y la falta de medios en muchas familias para atenderlos, de manera compatible con la vida moderna

senior woman with home caregiver
senior woman with home caregiver

El cuidado de los ancianos es una de las necesidades más apremiantes de la sociedad occidental, por el envejecimiento de la población y la falta de medios en muchas familias para atenderlos, de manera compatible con la vida moderna.

Quienes se hacen cargo de sus mayores personalmente, se ven obligados, con frecuencia, a grandes sacrificios que no encuentran fácil recompensa, pues son esfuerzos y desvelos que empeñan completamente a quien los hace. Y quienes abonan los gastos de una residencia pueden llegar a pagar mucho dinero. 

Sin embargo, unos y otros sí pueden ver aliviada su situación si, a menos, se benefician de los gastos hechos en favor de su padre, hermano o abuela, por poner tres ejemplos. 

La ley permite a los que necesitan la ayuda (por eso llamados "alimentistas") exigirla a sus familiares ("alimentantes") por vía judicial. En ese caso, se consiguen varias cosas:

Por una parte, el que lleve a cabo el pago de los gastos por resolución judicial, puede desgravárselos en la declaración de la renta, en casos como los apuntados antes (que no incluyen los gastos hechos en favor de los hijos alimentistas, según el artículo 55 de la ley del IRPF).

Por otra, los obligados (normalmente hijos) que no cumplen con su obligación pueden ser desheredados con justa causa por el alimentista, el cual tiene así una razón legal para no dejar nada a quien no se preocupó por su persona.

El problema, como en tantos otros casos, no es sólo por lo enfarragoso de un pleito (como dice la sabiduría gitana, "Pleitos tengas, y los ganes..."), sino también lo doloroso de demandar a un ser querido (pese a las diferencias que puedan haberse tenido en la vida) incluso en los casos en que no se pretende desheredar a nadie, sino simplemente obtener las ventajas fiscales para quien sostiene a los padres.

Se debe demandar a todos los obligados del mismo grado (por ejemplo, a todos los hijos), y así los que paguen podrán demostrar que son cantidades abonadas en cumplimiento de un deber legal, y no "sólo por cariño" ("mera liberalidad", como dice la Ley). 

Como ya hemos comentado en otros artículos, los testamentos en que se deja todo o una parte a "quien me haya cuidado en mis últimos años" no suelen ser prácticos. Muerto el testador, aparecen candidatos a haber sido su "ángel de la guarda" desde años atrás incluso debajo de las piedras, y hay que ir a juicio.  

Este diario lo hacemos todos. Contribuye a su mantenimiento

ING Direct - Sierra de Gata Digital
Nº CC ES 80 1465 010099 1900183481

Los alimentos que desgravan