viernes. 19.04.2024
REGULADO EL USO DEL FUEGO HASTA EL 15 DE OCTUBRE

Comienza la época de peligro alto de incendios forestales

En función del riesgo de inicio y propagación de incendios, se entiende por época de peligro alto aquella en la que por las condiciones meteorológicas los riesgos de causar incendios sean potencialmente elevados, y aconsejen un despliegue máximo de los medios existentes y una regulación de los usos y actividades frente al incremento estacional del riesgo de incendio forestal

Incendio en Trevejo 17 de marzo de 2016 CEDIDA
Incendio en Trevejo 17 de marzo de 2016 CEDIDA

La Consejería de Medio Ambiente y Rural ha declarado época de peligro alto de incendio al periodo comprendido entre el 1 de junio y el 15 de octubre de 2016 ambos inclusive. No obstante, en función de las condiciones meteorológicas podrá prorrogarse si las mismas así lo aconsejan.

Cualquier actividad que conlleve manejo del fuego, emisión de chispas o elementos incandescentes, u otras emisiones con temperatura de ignición sobre el combustible forestal, están sujetas a regulación preventiva de incendio forestal y consiguientemente deberán cumplir condiciones o medidas específicas en base a eliminar o reducir su riesgo. 

Es competencia de la Consejería fijar mediante las correspondientes órdenes las épocas de prohibición o autorización de las operaciones con fuego y de las actividades con riesgo de causarlo o incrementar el riesgo de incendio forestal.

El ámbito de aplicación de esta orden se extenderá a todos los terrenos forestales y su zona de influencia. No obstante, las prohibiciones y limitaciones al uso del fuego y actividades que puedan causar incendios, se aplicarán además al resto de los terrenos, incluidos los agrícolas, urbanos e industriales, en espacios abiertos y semiabiertos. 

En Época de Peligro Alto, las falsas alarmas son causadas por actividades que provocan columnas de polvo o humo sin riesgo, tales como sondeos, perforaciones, hornos, caleras, maquinarias especiales, y otras. Su aviso previene la movilización inmediata de los efectivos de extinción, evitando un coste económico y una pérdida de oportunidad para la intervención en incendios forestales. Podrán repercutirse tales costes sobre quienes los provoquen por obviar su obligatoriedad de aviso. 

El inicio de estas actividades en Época de Peligro Alto está sujeto a comunicación previa, que será mediante llamada de teléfono al 112 entre una hora y media hora antes de cada inicio de la actividad generadora de falsa alarma, indicando el contacto, el tipo de actividad de que se trata y su localización catastral: municipio, polígono y parcela.

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