viernes. 19.04.2024

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, a través de una orden publicada en el Diario Oficial de Extremadura, establece la época de peligro alto de incendios forestales con efectos desde el próximo día 1 de junio.

Se entenderá por época de peligro alto aquella en la que, por las condiciones meteorológicas, los riesgos de producción de incendios sean potencialmente elevados y aconsejen un despliegue máximo de los medios existentes.

Se declara época de peligro alto de incendios forestales durante el año 2012, el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 14 de octubre, ambos inclusive. No obstante, y en función de las condiciones meteorológicas, la duración de esta época podrá adelantarse o prorrogarse si las mismas lo aconsejan.

En todo lo referente a prohibiciones, limitaciones y autorizaciones de uso del fuego, se estará a lo que se especifica en los artículos 32, 33, 34 y 35 del Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales dela Comunidad Autónomade Extremadura (Plan INFOEX.

El día 1 de junio comienza la época de peligro alto de incendios