sábado. 20.04.2024

Los titulares de acciones preferentes y deuda subordinada de Bankia tienen hasta el próximo 15 de Julio para solicitar el procedimiento arbitral habilitado por el Gobierno para intentar recuperar la totalidad del dinero de su inversión. En estos últimos días, quienes deseen recurrir a esta vía deben entregar toda la documentación en su oficina de Bankia (entidad que integra a Caja Madrid, Bancaja, Caja Segovia, Caixa Laietana, Caja Ávila, Caja Insular y Caja Rioja).

Tras entregar esta documentación, Bankia le dará traslado de la misma a un experto independiente (KPMG), que valorará la solicitud y comprobará que reúne los requisitos para poder resolverse en arbitraje. Estos requisitos, fijados por la  Comisión de Seguimiento de Instrumentos Híbridos de Capital, se refieren, entre otras cuestiones, a la capacidad del titular para contratar, si se le entregó o no toda la documentación obligatoria, si se le informó adecuadamente antes de la contratación, o si la entidad obtuvo del titular toda la información relevante. 

Si la evaluación que hace KPMG determina que no se cumplen los requisitos, se rechazará la solicitud y quedará abierta la vía judicial. Si, por el contrario, esta entidad considera que el titular puede recurrir al arbitraje, determinará la cuantía máxima que podrá ser recuperada, que puede llegar al 100% de lo invertido, y se le dará traslado al cliente para que decida si acepta o no, pudiendo si no lo hace, acudir a los Juzgados.

En los casos en los que el titular acepte el arbitraje, será la Junta Arbitral Nacional quien, en procedimiento de un único árbitro, dicte un laudo basado en derecho que tendrá carácter vinculante para las partes, es decir, que equivale a una sentencia judicial.

Este laudo determinará la cuantía que puede recuperar el reclamante, que será el equivalente al importe de la inversión, restando los intereses percibidos y sumando los que hubiera obtenido de haber invertido ese dinero en un depósito a plazo fijo, que es lo que, por otra parte, pretendían hacer un número importante de inversores.

Todo este procedimiento tiene unas características especiales que todos los interesados deben conocer:

  • La solicitud de arbitraje no paraliza en ningún caso el canje de los títulos, que seguirá adelante. Son dos procedimientos totalmente independientes.
  • El procedimiento será más rápido para quienes hayan invertido menos de 10.000 euros, para los de mayor edad, para quienes tengan menos ingresos y para quienes la inversión suponga un mayor porcentaje del patrimonio familiar.
  • Si se acepta la propuesta de arbitraje emitida por KPMG y se somete la reclamación a la Junta Arbitral Nacional, no cabe recurso alguno. Es decir, tras el laudo, si no  nos favorece, no podremos ir a los tribunales.
  • En ningún caso se aceptarán reclamaciones colectivas en el arbitraje.

Aunque el sistema no es complejo, desde la Unión de Consumidores de Extremadura-UCE recomiendan a todos los titulares de acciones preferentes y deuda subordinada de Bankia que deseen acudir al arbitraje, que se asesoren convenientemente y resuelvan todas sus dudas antes de iniciar el procedimiento. Para ello, la organización ha habilitado una sección especial en su web, www.ucex.org, en la que los interesados podrán encontrar información pormenorizada del sistema habilitado, emitida por el Instituto Nacional del Consumo, por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria y por la propia Bankia. Así mismo, podrán descargar el documento de solicitud de arbitraje que deben presentar en su entidad.

Como en otros casos similares, también han habilitado un buzón electrónico específico, [email protected], al que podrán hacernos llegar sus dudas y consultas.

Desde la Unión de Consumidores de Extremadura-UCE recomiendan a todos los afectados que recurran a esta vía pues, aunque podría haber sido mejor diseñada y velar en mayor medida por los derechos de los usuarios, es preferible a un procedimiento judicial que resultaría más lento y, sobre todo, mucho más costoso. Además, una vez nos sea comunicada la valoración que KPMG haya realizado sobre nuestra solicitud, siempre podremos renunciar al arbitraje y recurrir a los tribunales.

Hoy finaliza el plazo para solicitar el arbitraje de Bankia