viernes. 19.04.2024

Cabe destacar que los días hábiles para esta modalidad de caza son sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional. Entre las especies cazables están la tórtola común, palomas, estornino pinto, urraca, grajilla, codorniz, ánade real y zorro. Es necesario puntualizar que para las especies de tórtola común, paloma torcaz y codorniz se establece un cupo de 15 ejemplares por cazador, especie y día.

En el caso de realizar aportación de alimentación suplementaria, la distancia mínima de colocación de los puestos al comedero deberá ser de 200 metros.

Desde el Gobierno regional se recuerda que en las Zonas de Caza Limitada sólo están permitidas las modalidades establecidas en el artículo 24.2 de la Ley de Caza de Extremadura, es decir, liebre con galgos, cetrería y perdiz con reclamo -ésta última para mayores de 65 años o discapacitados con un grado igual o superior al 33 %-. Por tanto, en estas zonas, el resto de modalidades están prohibidas en los periodos establecidos en la Orden General de Vedas, incluida la Media Veda.

Como novedades en la media veda con respecto al año pasado se retrasa la apertura del periodo y se elimina la obligación de tener que solicitar la caza de la codorniz en este periodo, además de establecer un cupo en la caza de palomas y codornices, puesto que en tórtola común ya venía recogido en la anterior Orden General de Vedas.

El 25 de agosto se abre la media veda en cotos de caza