jueves. 28.03.2024

Cadalso, Descargamaría, Gata, Hernán Pérez, Perales del Puerto, Robledillo de Gata, Santibáñez el Alto, Torre de Don Miguel, Torrecilla de los Ángeles, la propia Villanueva de la Sierra, Villasbuenas de Gata, Acebo, Cilleros y Hoyos entran dentro de la zona de especial supervisión declarada por la Dirección General de Agricultura y Ganadería. Junto a ellas, están también los términos municipales de Pinofranqueado, Pozuelo de Zarzón, Santa Cruz de Paniagua y Villa del Campo.

En esta área demarcada, para detectar la presencia del nematodo, las prospecciones sistemáticas de árboles sanos reglamentariamente establecidas se complementarán con una prospección oficial, realizada al menos una vez al año, en la que se muestrearán todas las plantas de especies sensibles con síntomas de decaimiento o recientemente muertas con excepción de las afectadas por incendios o accidentes. Los propietarios deberán permitir la realización de la toma de muestras de este material por parte del organismo oficial de control.

Asimismo, los propietarios y titulares de aprovechamientos forestales deberán notificar a las autoridades competentes la presencia de pinos muertos o en decaimiento dentro de su explotación.

Con el fin de disminuir las poblaciones del nematodo, los propietarios y titulares de aprovechamientos forestales deberán talar todas las plantas sensibles muertas o en decaimiento tras el muestreo oficial, y procesar la madera y restos de tala según lo establecido en la letra d). En caso de incumplimiento, la Administración podrá ejecutar dicha tala de forma subsidiaria.

Por otro lado, en los aprovechamientos forestales se procesarán por separado las plantas sensibles sanas de las plantas sensibles muertas o en decaimiento, de la siguiente forma: por un lado, las plantas sensibles sanas taladas y las plantas sensibles muertas o en decaimiento, debido a incendios o accidentes, serán objeto de un muestreo y se someterán a análisis de detección del nematodo, antes de su traslado fuera del monte para su procesamiento. Por otro, las plantas sensibles muertas o en decaimiento, excepto las afectadas por incendios o accidentes, se talarán y serán sometidas a muestreo y análisis de detección del nematodo antes de su traslado fuera del monte. Cuando se confirme la ausencia del organismo nocivo, esta madera y los restos de tala deberán someterse alternativamente a uno de los siguientes tratamientos: incineración en lugares apropiados dentro del área de vigilancia, astillado en piezas de tamaño inferior a 3 centímetros de grosor o, en tercer lugar, su traslado a instalaciones transformadoras autorizadas en las que, de acuerdo con la legislación vigente, la materia prima recibirá el tratamiento térmico adecuado. Estos traslados serán objeto de un control periódico in situ por parte de las autoridades competentes.

Cualquier otro tratamiento que garantice la muerte de los posibles insectos presentes en la madera, previa autorización del organismo oficial de control. 
Además de las localidades citadas al inicio de este artículo y sus términos municipales, Acebo, Cilleros y Hoyos se encuentran dentro del área declarada contaminada por el nematodo de la madera del pino aparecido en Valverde del Fresno, que abarca 20 kilómetros de radio y en ella se adoptarán diversas medidas fitosanitarias para la erradicación y control del organismo nocivo.

13 localidades serranas, en la zona de especial supervisión por el nematodo del pino