jueves. 25.04.2024

El Ayuntamiento pleno de Acebo (Cáceres), en sesión Extraordinaria de fecha 22 de junio de 2015, ha adoptado, por mayoría absoluta, el siguiente ACUERDO 

OCTAVO. Determinación para que el Alcalde Presidente del Ayuntamiento realice sus funciones en régimen de Dedicación parcial y determinación de sus retribuciones. Se somete al pleno municipal la propuesta efectuada por la Alcaldía de fecha 17 de junio de 2015 que dice así: 

Visto el amplio abanico de proyectos que esta Corporación tiene previsto desarrollar a lo largo de la presente legislatura y siendo necesaria la presencia de la Alcaldía para gestionar los mismos, dado que el Ayuntamiento carece de personal y medios para realizar determinadas gestiones ya que tan sólo cuenta con personal laboral temporal sujeto a convenio. 

Visto lo indicado en el artículo 75 bis 1, párrafo segundo de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. 

Vista la Circular 4/2015 emitida por el Servicio de Asistencia y Asesoramiento a Entidades Locales de la Diputación de Cáceres, a cuyo servicio pertenece la Secretaria Interventora nombrada en comisión circunstancial en este Ayuntamiento, así la como ratificación de la misma, de fecha 11 de junio de 2015, en lo informado en referida circular, relativo diversos aspectos de los Derechos Económicos de los Miembros de la Corporaciones Locales. 

Visto el informe de Intervención de fecha 16 de junio de 2015. Dado que corresponde a este Ayuntamiento pleno la determinación de los cargos en régimen de dedicación parcial y de las retribuciones de los mismos, es por lo que se propone al pleno municipal la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO. Determinar que el Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Acebo realicen sus funciones en régimen de dedicación parcial, por ser necesarios para llevar a cabo el amplio abanico de proyectos que esta Corporación tiene previsto desarrollar a lo largo de la presente legislatura y siendo necesaria la presencia del mismo para efectuar muchas gestiones (telefónicas, por correo, desplazamientos, etc.) que culminen los proyectos previsto, dado que el Ayuntamiento carece de personal y medios para real izarlas ya que a excepción de un peón, el resto de personal del Ayuntamiento es temporal sujeto a convenio, es por lo que se considera necesaria una presencia efectiva en citado Ayuntamiento de un 50% de la jornada laboral en dicha administración. SEGUNDO. Establecer a favor de dicho Alcalde Presidente que desempeñará su cargo en régimen de dedicación parcial, las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en doce pagas, extras incluidas, correspondientes a las diferentes mensualidades del año, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda. 

— El cargo de Alcalde Presidente, percibirá una retribución anual bruta de 16.363,56 euros. Quedan condicionados el punto primero y segundo del presente acuerdo a que por el Consejo de Administración del Matadero Municipal de Acebo, SL., empresa en la que presta sus servicios el Sr. Alcalde, y una vez presentado por éste solicitud de excedencia en dicho puesto de trabajo, declare la excedencia forzosa del mismo. 

TERCERO. Publicar de forma íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia el Acuerdo del Pleno, a los efectos de su general conocimiento. 

CUARTO. Notificar dicho Acuerdo a los interesados y al Servicio de personal e intervención para su conocimiento y efectos.» Lo que le traslado para general conocimiento y a los efectos oportunos.

Este texto ha sido publicado en el Diario Oficial de la Provincia. Al igual que publicamos en esta ocasión el sueldo del alcalde acebamo, haremos con el resto de liberaciones una vez sean publicadas en el Diario de la Provincia con el fin de colaborar en el afán de mayor transparencia puesta en marcha por las nuevas corporaciones. 

La candidatura del Partido Popular obtuvo, en las últimas elecciones municipales, 244 votos (60.4%) frente a los 147 votos (36.39%) obtenidos por el Partido Socialista con una lista encabezada por Natividad Alviz Villar. Javier Alviz cumplirá, cuando finalice la presente legislatura, 16 años como alcalde popular al frente del ayuntamiento acebano. El PP tiene mayoría absoluta en el ayuntamiento con cuatro de los siete concejales disponibles. 

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El alcalde de Acebo percibirá una retribución bruta anual de 16.363,56 euros