jueves. 25.04.2024

El gobierno obliga a los ayuntamientos a prorratear las 14 pagas de los mayores para pagar la Residencia

Las catorce pagas de nuestros mayores que viven en residencias públicas se tendrán que prorratear mensualmente y, a partir de ahí, la Junta aportará la cantidad necesaria hasta cubrir los 6.200 euros anuales que cuesta una plaza de válido. Muchos de ellos no contarán ni siquiera con los 90 euros mensuales de dinero de bolsillo establecidos por la ley

Mayores en una de las residencias de Sierra de Gata
Mayores en una de las residencias de Sierra de Gata

El pasado 9 de enero, el Diario Oficial de Extremadura publicaba el DECRETO 260/2012, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 62/2012, de 13 de abril, en el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Salud y Política Social en materia de servicios sociales especializados.

A propuesta del Consejero de Salud y Política Social, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, del día 28 de diciembre de 2012, se dispone un artículo único para la Modificación del Decreto 62/2012, de 13 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Salud y Política Social, en materia de servicios sociales especializados.

El Decreto 62/2012, de 13 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Salud y Política Social, en materia de servicios sociales especializados, se modifica en los siguientes términos:

Uno. El apartado uno del artículo 24 del Decreto 62/2012 queda redactado del siguiente modo: “Artículo 24. Criterios para la determinación de la cuantía individualizada de las subvenciones.

1. La cuantía individualizada de la subvención vendrá determinada por el resultado de la diferencia entre la cuantía máxima a otorgar por plaza autorizada para cada uno de los servicios y la aportación de cada usuario al mismo, sin que esta última pueda ser inferior a:

a) En el caso de Hogares Clubes con Pisos Tutelados, al 65% de los ingresos del usuario, cuando su importe sea inferior al SMI y de un 75% cuando sean superior al mismo.

b) En el caso de Centros de Atención Diurna y Centros de Noche, al 15% de los ingresos del usuario, cuando su importe sea inferior al SMI y de un 20% cuando sea superior al mismo.

Para el cálculo de los ingresos totales de los usuarios se tendrán en cuenta las pagas extraordinarias de manera que los ingresos mensuales obtenidos por concepto de pensión se multiplicarán por 14 y se dividirán por 12.

En el supuesto de usuarios unidos matrimonialmente o en análoga situación legalmente reconocida, servirá de base para el cálculo del precio público a satisfacer por el matrimonio la suma de los ingresos de ambos y dividida esta cantidad entre dos, siempre y cuando el régimen económico matrimonial fuera el de gananciales”.

Hasta ahora, en el caso de los ancianos válidos, el Gobierno regional aportaba 6.200 euros anuales por cada plaza conveniada con los ayuntamientos en las residencias de mayores. En función de la pensión del mayor, así era mayor o menor la aportación gubernamental. Cuanto más pagaba el anciano menos aportaba la Consejería.

La aportación del anciano siempre se calculaba sobre doce pagas anuales, dejando a su libre disposición las pagas extras. La ley contemplaba también la obligatoriedad de que el mayor debía disponer mensualmente de 90 euros para dinero de bolsillo con el que poder costear sus propios gastos.

Hasta ahora, los ayuntamiento podían decidir si la aportación del mayor se calculaba sobre doce pagas o sobre catorce. Así, en las residencias de Sierra de Gata, la de Valverde del Fresno, Torre de Don Miguel y Cilleros calculaban la aportación de sus mayores sobre doce pagas, el resto calculaba la aportación sobre 14. Esta capacidad de decisión municipal ha sido suprimida. Desde la publicación del nuevo decreto, la Consejería obliga a los ayuntamientos a cobrar de la paga extra la parte proporcional para la residencia.

¿Qué va a ocurrir ahora con la economía de nuestros mayores? Pongamos un ejemplo para ver cómo cambia la cuantía disponible a partir del nuevo decreto de la Consejería.

Don Fermín cobra una pensión de 618, 90 euros al mes, 14 pagas anuales. Hasta ahora, Don Fermín pagaría por su plaza de válido en la residencia de su pueblo el 75% de su pensión, es decir, 464, 18 euros y se quedaría con las pagas extras íntegras para su propio disfrute.

Al año, Don Fermín paga por su plaza en la residencia 5. 570, 16 euros y el resto, hasta 6.200 euros que cuesta una plaza, lo sufragaba la consejería. Es decir, el gobierno aportaba 629,84 euros al año por la plaza de Don Fermín.

A partir de ahora, Don Fermín debe multiplicar el importe mensual de su pensión --618,90 euros-- por las 14 pagas que recibe al año y dividir la cantidad por doce meses que tiene el año. Así, ahora tenemos que Don Fermín tiene una pensión mensual de 722,05 euros al mes y su plaza va a pasar a costarle 541,54 euros, que al año supone un desembolso de 6.498, 45 euros. Y, voilá, la Consejería ya no tiene que aportar dinero porque una plaza de válido tiene un coste anual de 6.200 euros. Eso sí, Don Fermín este año pagará 928,29 euros más por la plaza de válido en la residencia de su pueblo.

La ley contempla la obligatoriedad de que nuestros mayores deben contar ineludiblemente con 90 euros mensuales para gastos de bolsillo cuando se aloja en una residencia. La aportación económica que realice debe contemplar este punto. A partir de ahora, Don Fermín no tendrá estos 90 euros que por ley le corresponden sino 77,36 euros al mes, ahora que existe el copago por receta. Tendrá que esperar hasta cobrar las pagas extras para redondear los 90 euros mensuales. 

Los ayuntamientos se ven obligados ahora a subir las tarifas de sus abuelos o de lo contrario se expondrán a tener que pagar de sus exiguas arcas la subida encubierta que ha realizado la Consejería en solo un artículo.

El gobierno obliga a los ayuntamientos a prorratear las 14 pagas de los mayores para...