viernes. 29.03.2024

La mal llamada "multipropiedad" de una vivienda

Si bien estuvo más de moda hace unos años, al ofrecerse la posibilidad de pasar las vacaciones durante muchos años (entre tres y cincuenta años) pagando una "módica" cantidad al adquirirlo, más los gastos de comunidad, hoy ha decaído junto con el sector inmobiliario, por la llamada "crisis del ladrillo"

imagen de www.multipropiedad.eu
imagen de www.multipropiedad.eu

Precisamente, el artículo se titula de manera "ilegal", pues la Ley que regula el llamado "Aprovechamiento por turno de bienes inmuebles" prohíbe que se emplee el término "Multipropiedad" no sólo a la hora de escriturar el derecho a nombre del adquiriente, sino incluso en la simple propaganda de la empresa que lo anuncia.

Si bien estuvo más de moda hace unos años, al ofrecerse la posibilidad de pasar las vacaciones durante muchos años (entre tres y cincuenta años) pagando una "módica" cantidad al adquirirlo, más los gastos de comunidad, hoy ha decaído junto con el sector inmobiliario, por la llamada "crisis del ladrillo".

La idea tiene su origen en ofrecer a los clientes la posibilidad de disfrutar de un inmueble (normalmente, un apartamento) durante un período de tiempo al año, de al menos siete días seguidos, que solía coincidir con todo o una parte de las vacaciones (una semana, quince días, un mes, etc.).  

Naturalmente, los meses preferidos son los de verano para las zonas costeras, y los de invierno para las de esquí, siendo menos apreciados los de otoño y primavera, según los casos. Pero no es difícil entender que una quincena en agosto en Formigal vale mucho menos que en invierno, y menos aún una de febrero en la Costa del Sol, comparada con una veraniega en el mismo sitio.

El problema es que el edificio en que se disfruta la quincena (o el mes, o la semana) tiene gastos todo el año, y muy poca gente o nadie quiere los periodos "malos", por lo que algunas compañías ofrecieron, primero, grandes descuentos y, después, el periodo GRATIS...pero no total, pues leyendo la escritura, se descubría que de los gastos comunes no se libraba nadie, incluso si dejaba de ir a disfrutar de su derecho.

Y esto es lo que tiene que considerar quien se plantee adquirir o, simplemente, aceptar el "regalo" de esta multipropiedad (¡perdón!, "aprovechamiento por turno de bienes inmuebles"). 

Sin equiparar una cosa a la otra, pues el derecho de que hablamos en este artículo es totalmente legal, puede venirnos a la cabeza la llamada telefónica en que una agradable voz nos da la estupenda noticia de ser los afortunados ganadores de un magnífico lote de productos (libros, cosméticos), "valorado en más de 200 euros" (en realidad, no alcanzan ni a 10), por el que hay que abonar unos insignificantes gastos de envío y preparación de 75... sin que te den la oportunidad de pasar tú mismo a recogerlos, para que de verdad sea gratis, porque están en las Chimbambas...      

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